

Los seguros de garajes, son pólizas que pueden contratar las comunidades de propietarios de plazas de aparcamiento, que sirven para asegurar los daños que puedan sufrir tanto el continente del parking como el contenido, y por supuesto, los daños que se puedan provocar a terceros, es decir, la cobertura de responsabilidad civil.
Los seguros de garajes, se formalizan a través de pólizas anuales renovables. Como en cualquiera del resto de tipos de seguros de comunidad, las pólizas de garajes son seguros combinados, en los que podemos elegir las coberturas que queremos o necesitamos contratar.
La valoración del continente a asegurar del aparcamiento, se basa fundamentalmente en la tarificación por los m2 construidos. Para la valoración del contenido, se debe tener en cuenta el mobiliario, enseres, utensilios o herramientas para la limpieza, extintores, bombillas,...
Las coberturas de seguro que normalmente se contratan en las pólizas de seguros de garajes o de parking privados, son el incendio, los daños por agua y la responsabilidad civil. Además, siempre es recomendable incluir los daños eléctricos, el robo (del contenido común) y los desperfectos por robo. Si hay cristales y sanitarios, se pueden asegurar también sus roturas.
Estas pólizas, tienen varias particularidades. Por un lado, si el tomador es una comunidad de propietarios, muchas compañías nos ofrecen la posibilidad de considerar como “terceros” (a efectos de la cobertura de responsabilidad civil) a sus miembros y a sus bienes. Por otro lado, algunas aseguradoras, dan la posibilidad de contratar la cobertura “vehículos en garaje”. Es poco frecuente su contratación. Garantiza el valor de sus vehículos en caso de incendio, con ciertos límites en los capitales.
Ante cualquier duda sobre coberturas, capitales, o respecto a qué aseguradora es la más adecuada para su garaje o parking, recomendamos la consulta a corredores o corredurías de seguros.
Conozca precios y condiciones de seguros de garajes privados.
Nº de Registro DGSFP F2425. Concertado Seguro Responsabilidad Civil y Caución según art. 278 Ley 26/2006 de 17 de julio.
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